La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia decidió admitir una acción de tutela presentada por el candidato presidencial Abelardo de la Espriella y, de manera provisional, dejó sin efectos la orden que le impedía utilizar símbolos patrios y determinadas expresiones dentro de su campaña política.

La tutela fue interpuesta con el objetivo de proteger derechos fundamentales como el debido proceso, la libertad de expresión e información, la participación política y la libre formación del voto. Mientras se estudia el fondo del caso, el alto tribunal consideró necesario suspender la medida adoptada previamente por el Tribunal Superior de Bogotá.

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Según la Corte, mantener vigente esa restricción podría afectar la igualdad de condiciones entre los dos aspirantes a la Presidencia de la República, al limitar la estrategia de difusión de uno de ellos durante el proceso electoral. Asimismo, señaló que el saludo castrense no constituye un símbolo patrio.

La decisión anterior obligaba al candidato a retirar de su propaganda imágenes relacionadas con las instituciones militares y de Policía, además de eliminar saludos y emblemas castrenses utilizados en sus piezas de campaña.

De igual forma, se le había prohibido emplear las frases “Firmes por la Patria” y “Defensores de la Patria”, consignas que ahora podrá volver a utilizar mientras la Corte resuelve de manera definitiva la acción de tutela y determina si existió una vulneración de sus derechos constitucionales.