Desde este 25 de diciembre entró en vigencia un cambio clave para los trabajadores colombianos con la aplicación del nuevo horario de jornada nocturna, establecido en la reforma laboral. A partir de ahora, el trabajo nocturno se reconocerá desde las 7:00 de la noche y hasta las 6:00 de la mañana, ampliando el rango que anteriormente iniciaba a las 9:00 p. m.
La medida fue definida en la Ley 2466 de 2025, sancionada el pasado 25 de junio. En su Artículo 10, la norma modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo y redefinió el concepto de jornada nocturna, otorgando mayores beneficios económicos a quienes laboren en ese horario. De manera complementaria, el Artículo 11 establece el derecho al pago del recargo nocturno correspondiente para los trabajadores que presten sus servicios en esta franja.
Aunque la ley fue sancionada en junio, su aplicación se fijó seis meses después, según el parágrafo 2 del Artículo 10, con el fin de permitir la adaptación de empleadores y empresas. Por ello, la medida comenzó a regir este 25 de diciembre.
La reforma también exige mayor control sobre la jornada laboral. El Artículo 12 obliga a llevar un registro detallado de las horas extras y nocturnas. El recargo nocturno equivale al valor de la hora ordinaria más un 35 %, lo que incrementa el ingreso de quienes trabajan en horario nocturno.



