La prestación del servicio de recolección de basuras en Cali se rige por el esquema de libre competencia, establecido en la Ley 142 de 1994 y vigente en la ciudad desde 2010. Este modelo permite que varias empresas, debidamente habilitadas y vigiladas, operen bajo las reglas definidas por la normativa nacional.

Es importante precisar que las decisiones relacionadas con el servicio de aseo que prestaba EMSIRVA en Liquidación fueron adoptadas por el Gobierno Nacional, en el marco de la intervención iniciada en 2005. A partir de ese proceso, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios asumió la responsabilidad de garantizar la continuidad del servicio en Cali, mediante la suscripción de cuatro contratos de operación.
En este esquema, la Administración Distrital no asigna zonas ni define qué empresa presta el servicio en cada sector. No obstante, la Alcaldía de Cali, a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp), realiza seguimiento permanente, verificación en campo y articulación institucional para asegurar una prestación continua y conforme a la ley.
La ciudadanía debe verificar en su factura cuál es la empresa prestadora, entregar los residuos solo a operadores autorizados y consultar información en canales oficiales. La Superintendencia es la entidad encargada de la vigilancia y control, y no debe existir doble facturación, ya que solo la empresa contratada con el usuario está facultada para cobrar el servicio.



